Descripción
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Mediante este procedimiento las asociaciones sin ánimo de lucro podrán solicitar al ayuntamiento la cesión de material y equipamientos locales para actos públicos.
No se cederá ni a particulares ni a las asociaciones antes mencionadas para actos privados. La cesión del material estará condicionada a su disponibilidad por coincidencia o no de otros actos que puedan haber sido fijados con antelación, tanto por otras entidades como por el propio ayuntamiento.
El ayuntamiento, en caso de no disponer de material propio, no estará obligado en ningún caso a proporcionar el material solicitado.
La entidad solicitante tendrá que buscar una fecha alternativa en la que pueda haber disponibilidad de este material.
Una vez recibida la solicitud, la petición recibirá respuesta tanto positiva como negativamente en un plazo no superior a 72 horas (contadas en días hábiles, de lunes a viernes).
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Forma de inicio
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Instancia de parte.
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Sujeto
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Asociaciones sin ánimo de lucro.
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Plazo de presentación
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Esta solicitud se hará en un plazo no inferior a 15 días previos a la fecha del acto en cuestión. En caso de que esta condición no se cumpla, el ayuntamiento podrá revocar la cesión por causas técnicas derivadas de la falta de tiempo de la petición.
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Lugar de presentación
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-En el registro electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de las administraciones a las cuales se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015. -En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. -En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. -En las oficinas de asistencia en materia de registros. Dirección PLAÇA ERES, 1, 08776 Sant Pere de Riudebitlles. -En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
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Importe
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Servicio gratuito.
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Órgano gestor
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Atención ciudadana.
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Plazo máximo de resolución y notificación
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Una vez recibida la solicitud, la petición recibirá respuesta tanto positiva como negativamente en un plazo no superior a 72 horas (contadas en días hábiles, de lunes a viernes).
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Observaciones
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La entidad solicitante tendrá que recoger el material solicitado en horario laboral del ayuntamiento, que es de lunes a viernes, de 9 a 14 h, y miércoles también de 16 a 19 h. Se deberá concretar una hora con el alguacil, que hará la entrega. Únicamente en caso de petición de entarimados, mesas y sillas, el ayuntamiento hará el transporte de entrega y recogida, y montaje y desmontaje sólo de entarimados.
La entidad solicitante se hará responsable del retorno del material cedido en el mismo estado en el que se haya entregado o de justificarse en caso de producirse cualquier daño al mismo.
El retorno del material se hará en los mismos horarios que la entrega.
El ayuntamiento debe promover el civismo y las buenas prácticas tanto en sus actos como en los que favorezca. Por este motivo:
a. En caso de que el material sea para un acto en el que se generen residuos, la entidad solicitante queda obligada a hacer una separación de los mismos en la forma habitual (ENVASES, PAPEL, CARTÓN, VIDRIO, ORGÁNICA). El ayuntamiento facilitará los contenedores necesarios, debidamente señalizados según el tipo de residuo para el que se necesiten. Por este motivo, si es este el caso, hay que incluir en la lista de material el número y tipo de contenedores requeridos. El ayuntamiento se encargará de gestionar la recogida y vaciado de los contenedores cedidos.
b. La entidad solicitante se compromete a hacer un buen uso del material solicitado y que el acto que organiza no ultrapasará los límites habitualmente entendidos que permiten una convivencia cívica y pacífica, de acuerdo con el que se establece en la Ordenanza Municipal reguladora de la Convivencia Ciudadana, Protección del Medio y de la Vía Pública.
El incumplimiento de este punto puede ser causa de no cesión de material en el futuro.
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